Parada, estacionamiento y detención ¿cuáles son las diferencias?
Otras maniobras existentes a la hora de conducir son las de parada, estacionamiento y detención. Y hay una serie de diferencias entre ellas, ¿lo sabías? Estamos acostumbrados a ver este tipo de maniobras, pero ¿os habéis llegado a plantear sus diferencias?
Se trata de tres conceptos o maniobras completamente distintos que conlleva muchas dudas cuando nos estamos sacando el permiso de conducir. Pueden parecer que son palabras sinónimas, pero no tienen nada que ver entre ellas. Son una de las preguntas trampa que nos podemos encontrar en el examen teórico.
Dependiendo de la ciudad, podemos encontrar facilidades o dificultades para encontrar sitios para aparcar. Por ello, se está convirtiendo en tónica habitual dejar el coche en doble fila con los “warnings” activados ante la desesperación de los conductores por encontrar sitio. O también es muy típico encontrarse detenciones en medio de un atasco para subir y bajar pasajeros por la ciudad.
Este tipo de actuaciones comunes han provocado el no tenerlas del todo claras, pero pueden suponer que lleguemos a casa con una multa. Por eso hemos querido refrescaros estos conceptos para ayudaros a evitar estas sanciones completamente innecesarias. Sobre todo, cuando pensamos que hemos dejado nuestro coche cumpliendo con las normas de circulación.
En primer lugar, vamos a definir cada una de las maniobras, siguiendo la Ley sobre Tráfico.
Definiciones de parada, estacionamiento y detención
Parada: inmovilización de un vehículo durante un tiempo inferior a dos minutos, sin que el conductor pueda abandonarlo. En este caso, detenemos el vehículo en uno de los lados de la vía, pero sin abandonarlo y sin superar los 2 minutos de rigor.
Estacionamiento: inmovilización de un vehículo que no se encuentra en situación de detención o de parada. Con una duración superior a la de parada y/o abandonando el vehículo. Esta es la maniobra clásica a la que estamos acostumbrados.
Detención: no es una maniobra en sí. Se trata de la inmovilización de nuestro vehículo por emergencia, por necesidades de la circulación o para cumplir algún precepto reglamentario. Esto sucede en la misma vía por la que circulamos.
Ejemplos y diferencias de parada, estacionamiento y detención
Por lo expuesto anteriormente, podemos decir que se distinguen entre ellas en:
Parada: Es una maniobra, es voluntaria, se realiza normalmente dejando el vehículo a un lado y tiene límite de duración. Es la maniobra típica que realizan los taxis. Subida y bajada de pasajeros. Debe hacerse sin obstaculizar la circulación.
Detención: No es una maniobra, es una inmovilización impuesta y, por lo tanto, involuntaria, no tiene tiempo determinado de duración. Es decir, es una simple interrupción de la circulación que, en un tiempo mayor o menor, se volverá a poner en marcha. Como ejemplo claro encontramos los atascos, los semáforos o las indicaciones de los agentes o señales verticales como la de STOP o ceda al paso.
Estacionamiento: es una maniobra, es voluntaria y se puede abandonar o no el vehículo. Es la maniobra que realizamos al aparcar el coche en un lugar establecido para ello.
Lugares prohibidos para estacionar o parar
Está prohibido parar:
- En curvas y cambios de rasante con poca visibilidad.
- En túneles y pasos inferiores.
- Pasos a nivel, pasos de peatones y pasos para ciclistas.
- Encima de los raíles de tranvías o cerca de ellos, entorpeciendo su circulación.
- Salvo las zonas habilitadas para ello, en autopistas o autovías.
- En zonas de parada o estacionamiento de transporte público.
- Si dificulta el giro a otros vehículos o si genera peligro en intersecciones.
- En zonas destinadas a uso exclusivo de personas con movilidad reducida.
- En los carriles reservados para bicicletas.
Está prohibido estacionar:
- En todos los lugares en los que está prohibido parar descritos anteriormente.
- Sobre las aceras y demás lugares de paso de peatones.
- En doble fila.
- En zonas de carga y descarga.
- Delante de vados señalizados correctamente.
- Sin colocar el distintivo pertinente del parquímetro en zonas habilitadas para ello.

Es posible que todavía os surjan dudas en ciertos lugares y que no sepamos si podemos o no estacionar o parar. Como por ejemplo las zonas de carga y descarga. Lo normal es que, en sitios con este tipo de señalizaciones, se permita estacionar los días no laborales. O lo que es lo mismo, esté prohibido estacionar el vehículo los días laborales. Desde Drivel queremos que evitéis sanciones innecesarias. Es por ello por lo que os recordamos que en España los sábados son laborales salvo que exista un festivo específico que caiga en este día de la semana. Por ello, aunque no os toque trabajar un sábado, debéis recordar que no está permitido el estacionamiento en zonas de carga y descarga.